Purines de Cerdo

En virtud de la necesidad de dar una solución viable a la problemática del manejo de los efluentes producto de la cría de porcinos y la posibilidad de su uso agronómico, esta gestión entiende de vital importancia impulsar en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires un marco jurídico claro y simple que permita la implementación del uso agronómico de los efluentes  contemplando la realidad económico-productiva de la actividad.

El “Uso Agronómico” reviste singular importancia para el desarrollo futuro de los establecimientos dedicados a la cría intensiva de porcinos de la provincia de Buenos Aires, habida cuenta la necesidad de ordenar y sistematizar el manejo de los efluentes producto de la actividad utilizándolos como recurso para la recuperación de los nutrientes del suelo preservando a la vez el  ambiente.

Se entiende como “purín” a todo el efluente generado en los  establecimientos dedicados a la cría intensiva de porcinos con capacidad para ser utilizado con las prácticas de uso agronómico.

En este contexto, la RESOC-2024-2-GDEBAMDAGP aprueba un régimen para el Uso Agronómico de los purines generados en los establecimientos dedicados a la producción primaria de porcinos en la provincia de Buenos Aires y a los que realicen el tratamiento o el acondicionamiento de los mismos y una “Guía de Buenas Prácticas para la Gestión de Purines en Establecimientos Porcinos”. Y la RESOC-2024-1509-GDEBA-ADA establece un régimen especial para la obtención de las prefactibilidades, aptitudes de obras y permisos para la gestión de purines en establecimientos dedicados a la producción primaria de porcinos en la provincia de Buenos Aires y a los que realicen el tratamiento o el acondicionamiento de los mismos.

El ingreso de la información comprendida en los Anexos que forman parte de la RESOC-2024-1509-GDEBA-ADA se realizará por Mesa de Entradas Virtual: (mesaentradas2@gmail.com) y su tramitación se efectivizará por expediente electrónico.