Purines de Tambo
Se entiende como “purín” a todo el efluente generado en establecimientos tamberos con capacidad para ser utilizado con las prácticas de uso agronómico. La Resolución ADA 737/18 establece un régimen para el Uso Agronómico de los purines generados en los establecimientos dedicados a la producción primaria de leche y/o masa en tambos radicados en la provincia de Bs As. Surge de la necesidad de ordenar y sistematizar el manejo de los efluentes de tambo utilizándolos como recurso para la recuperación de los nutrientes del suelo preservando a la vez el ambiente, valorizando la carga en nutrientes y materia orgánica del efluente entendiéndose que el uso agronómico aportará un beneficio a los suelos y al ambiente siguiendo las buenas prácticas, a través de la creación de un marco jurídico claro y simple que permita la implementación del uso agronómico de los efluentes contemplando la realidad económico-productiva de la actividad.El régimen propiciado en la Resolución AdA 737/18 regula la obtención de certificados autorizaciones y permisos ante la Autoridad del Agua por parte de los Usuarios tamberos bajo la modalidad de declaración jurada.
La norma establece las condiciones necesarias para que un productor pueda desarrollar su actividad productiva y el manejo del purín, teniendo como premisa acompañar el desarrollo económico de la actividad y la dinámica del sector; con el objetivo de propiciar la preservación del recurso hídrico, el suelo y el ambiente, generando una alternativa favorable para la reducción del riesgo ambiental en base al aprovechamiento racional del agua y la utilización del purín como insumo de la actividad productiva que lo genera.
Sobre la base de la Resolución ADA 737/18, se elaboró la Guía de Buenas Prácticas para el manejo de Purines en Tambo (Anexo I), una herramienta de orientación para productores del sector.
El Usuario inicia actuaciones a través del portal web de tramites desde www.ada.gba.gov.ar (acceso al portal de trámites Usuarios e Inmuebles) o a través de sitdt.gba.gov.ar a partir del cual realizará las siguientes acciones.
1) Se registra como usuario del recurso hídrico.
2) De alta el inmueble en el cual desarrolla la actividad.
3) Solicita el Certificado de prefactibilidad hídrica (CPH).
https://portal.ada.gba.gov.ar/ADA2/Login/LogOn instancia en la que al completar los datos del formulario cargara en el botón “Información Adicional” los anexos II al V de la presente norma.
4) Una vez obtenido el Certificado de Prefactibilidad Hídrica, esta Autoridad generará un Expediente Electrónico (se comunica vía correo electrónico al usuario el número del mismo) que contendrá las acciones admirativo técnicas que dará origen al Permiso de Uso Agronómico del Purín.
Consultas: gestiondepurines@ada.gba.gov.ar