¿Quiénes deber registrarse?
Deben registrarse a aquellas personas físicas o jurídicas que realicen actividades que
- Generen algún tipo de efluente líquido (cloacal o industrial).
- Requieran el aprovisionamiento de agua a través perforaciones o captaciones propias.
- Deban realizar una obra de carácter hidráulico.
¿Qué debo hacer si soy usuario del recurso hídrico?
Si no estoy registrado, debo ingresar aquí y registrarme.
Si ya estoy registrado, debo validar mi información aquí
¿Cómo me registro?
¿Quiénes pueden operar?
Toda persona humana que pretenda realizar gestiones en nombre de un Usuario del Recurso Hídrico, en el marco de las normas que regulan el funcionamiento de la Autoridad del Agua, deberá gestionar el alta como operador.
¿Cómo doy de alta un usuario?
¿Cómo vinculo un inmueble a un usuario?
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También podés asignar a un apoderado para llevar adelante las gestiones en la Autoridad del Agua
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Manual del Usuario Externo

Si tenés dudas podés comunicarte por mail a consultas.rurh@ada.gba.gov.ar o mandar un mensaje de Whatsapp al 221 435-4055 con tu consulta y nos comunicaremos a la brevedad.